El Pleno del Ayuntamiento de Murcia ha aprobado definitivamente la Ordenanza Reguladora del Servicio del Taxi en el municipio, tras ser resueltas las alegaciones. Cabe recordar que fue aprobada previamente en la Mesa Sectorial del Taxi, según informaron fuentes municipales en un comunicado.
Esta nueva normativa, según el Ayuntamiento, "busca dar respuesta a los retos y desafíos que Murcia tiene que abordar en movilidad, y en particular, en el sector del taxi, adaptando la nueva normativa, eliminando rigideces y facilitando el servicio".
Contribuye también a la implementación de la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada, en la medida en que incluirá actuaciones de fomento para la transformación gradual de la actual flota de vehículos taxi, y su conversión a vehículos Cero Emisiones y/ o ECO.
Las principales características de esta normativa son la eliminación de requisitos discriminatorios para ser titular de una licencia; así como la agilización para obtener la acreditación del curso de formación por parte de las Asociaciones Profesionales representantes del sector.
Con carácter general, no se exigirá la plena y exclusiva dedicación, lo que permitirá afrontar situaciones económicas desfavorables; al tiempo que recoge requisitos de antigüedad de vehículos y sustitución por vehículos de nulas o bajas emisiones, con el objetivo de reducir la contaminación.
También contempla requisitos de seguridad de determinados elementos de los vehículos; uniformidad para los conductores; y ampliación de capacidad de los vehículos hasta siete plazas, incluido el conductor, y eurotaxis para personas con movilidad reducida, hasta ocho plazas.
También prevé la implantación de tecnologías de información y comunicación; la mejora en la prestación del servicio y seguridad; la incorporación de tecnologías móviles y aplicaciones, sistemas automatizados y telemáticos de pago y facturación; así como medidas de favorecimiento de la conciliación de la vida familiar y laboral.
Igualmente, incluye la regulación de tarifas máximas permitiendo el pago individual fraccionado en el supuesto de contratación por dos o más usuarios, de forma objetiva y proporcional; así como la opción de servicios previamente contratados con precio cerrado; y la inclusión en el régimen sancionador de determinadas infracciones no previstas en la anterior ordenanza, en particular, endurecimiento de la falta de título habilitante administrativo.
La ordenanza recoge que se podrá contratar servicios previamente teniendo las tarifas un carácter de máximas de forma que puedan ser realizados a precio cerrado y el usuario conocer éste antes de su realización. Este precio no podrá superar el estimado para ese recorrido conforme a las tarifas vigentes
Asimismo se establecen los requisitos de los vehículos que no podrán superar la antigüedad de 12 años contados desde su primera matriculación, salvo los clasificados según el distintivo ambiental Cero emisiones o ECO, que no podrán superar la antigüedad de 15 años.
Las emisiones de los vehículos nuevos no podrán superar los 160g/km. de CO2 ni los límites de la Norma Euro 6 o similares que puedan aprobarse, en lo que respecta a emisiones de contaminantes.
El Ayuntamiento promoverá la progresiva sustitución de los vehículos destinados a los servicios de taxi, por otros de bajas o nulas emisiones, con el objetivo de conseguir reducir la contaminación producida por los mismos al 50% en 2030 y al 100% en 2040.
Además se establecerá la progresiva implantación de tecnologías de información y comunicación precisas para mejorar las condiciones de prestación y seguridad de los servicios de taxi y de las personas conductoras, la incorporación de tecnologías móviles y aplicaciones, sistemas automatizados y telemáticos de pago y facturación del servicio, y sistemas de geolocalización y navegación.
Otra de las novedades es que podrán ser autorizadas permutas temporales a los efectos de favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, enfermedad grave o causa de fuerza mayor.
Asimismo, cuando se detecten infracciones que consistan en la prestación de un transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo sin disponer de la pertinente autorización, licencia o habilitación administrativa, se sancionará con multa de 4.001 euros por el grave perjuicio económico, social y de seguridad ciudadana que provoca el intrusismo profesional en el sector del taxi.
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