El gobierno español saco un real decreto de ley, que entraría en vigor a partir del 12 de marzo de 2019, que expresa “todas las empresas están obligadas a registrar la jornada laboral de sus empleados”. Desde hace muchos años este control del horario de los empleados solamente lo llevaban las grandes empresas, pero las pequeñas y medianas no lo toman en cuenta, pero ahora deberán hacerlo.
Esta ley entra en vigencia para conocer cuánto tiempo dura la jornada laboral real de cada uno de los empleados españoles en todas las empresas que actualmente están ejerciendo actividades y como están distribuidos internamente, y deben de almacenar todos estos registros del horario por un periodo mínimo de cuatro años.
Estos registros del horario de los empleados deberán de estar disponibles para que cada uno de estos, puesto que es un derecho para el empleado conocer la duración y distribución interna de su jornada laboral y también la información de estos estarán al alcance de los sindicatos, con el fin de que estos tengan noción de las horas extras que realizan los empleados de cada empresa.
Según la publicación del Boletín Oficial de Estado (BOE), todas las empresas tendrán 2 meses para actualizar todos sus sistemas correspondientes como la máquina de fichar, esto es el medio que utilizaran para llevar a cabo el registro del horario de todos los empleados de cada empresa
Certificar que todos los empleados efectúen el horario de trabajo determinado dentro de la empresa al mismo tiempo que lograra evitar que ocurran casos de explotación laboral, como horas extras de trabajo y que estas no sean pagadas al trabajador como corresponde.
Además que esto será de gran ayuda en el momento de hacer algún tipo de inspección de rutina por parte de la institución de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y si dicha institución encuentra necesario llevar a cabo una intervención a una empresa en particular, tomara en cuenta los datos del registro del horario de los empleados.
Las sanciones que se aplicaran son en términos económicos y el monto de estas va a depender del caso que sea:
Si se puede, pero no es recomendable, es mejor llevar los registros del horario laboral en sistemas informáticos para que la información no pueda ser manipulada. Las empresas que no cuenten con estos sistemas deberán de adquirirlos, para que los empleados puedan ingresar a las empresas y fichen sus correspondientes entradas y salidas por medio de un código de acceso, huella digital o reconocimiento fácil, también podrían utilizar otros métodos.
Si puede ocurrir de manera manual si el empleado realiza horas extras y el jefe no las notifica en el sistema para no pagar las horas extras, esto se tomaría como un fraude.
También puede ocurrir, si la empresa cuenta con tarjetas de acceso para registrar la entrada y salida de los trabajadores puede presentarse el caso de suplantar la identidad de algunos empleados y esto sería fatal para la empresa porque atentaría contra su seguridad.
Esto no ocurriría si la empresa contara con sistemas más modernos como la solicitud de la huella dactilar o el reconocimiento facial, pero se conoce que no todas las empresas pueden costear estos sistemas.
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