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Cómo hacer el traspaso de un negocio

José AntonioJosé Antonio - 15 de Junio, 2019
Cómo hacer el traspaso de un negocio

El traspaso de negocios es solo una de las muchas opciones que existen al momento de poner en marcha un negocio sin tener la necesidad de comenzar completamente desde cero. Cuando este se produce, se adquiere un negocio que ya se encontraba en funcionamiento. Se debe firmar un contrato de cesión, pero realmente no es el único requisito solicitado, y por eso vamos a hablar de todo lo referente a este tema.

¿Cuáles son los trámites que se deben hacer en un traspaso de negocios?

Consisten básicamente en la cesión de una actividad económica, la situación se basa en que una persona que tiene un local en alquiler como desarrollo de una actividad económica, puede ser un bar, restaurante, peluquería o cualquier tipo de comercio, o bien por la parte profesional como un despacho o agencia, toma la decisión de ceder su contrato de arrendamiento a otra persona.

Los motivos pueden variar los que se dan con mayor frecuencia son la falta de beneficios, falta de tiempo para administrarlo, problemas de salud o jubilación, y por ello decide entrar su actividad a una tercera persona, quien podrá pagar una cantidad inicial adicional a una mensualidad o solamente la mensualidad.

El contrato de cesión se firma, un acuerdo entre el dueño antiguo y el nuevo, allí se deben incluir los activos, mobiliaria, inmueble, maquinaria y todo lo que el local contenga y que sea necesario para su óptimo funcionamiento. En el precio se debe contar también el stock, la infraestructura y clientela frecuente, en caso de necesitar una licencia puede ser incluida también.

La cesión de contratos de arrendamiento

Es de suma importancia conocer cómo hacer correctamente el traspaso de un negocio, este puede realizarse sin necesidad de contar con el consentimiento del propietario directo del local. Al menos así lo contempla la legislación que regula dicho traspaso en el artículo 32 de la ley 29/1994 de arrendamiento urbano.

Este reza que cuando en la finca que es arrendada se ejerce una actividad empresarial o profesional, el arrendatario puede subarrendar la misma o simplemente ceder el contrato de arrendamiento sin tener que contar con el consentimiento del arrendador.

A pesar de esta ley es una obligación moral notificar este traspaso de propietario en un plazo de un mes desde que este fue concertado, además el propietario puede pedir en cualquier momento un aumento del 20% en la renta.

Licencia de apertura

Luego de firmar el contrato de cesión de actividad con el dueño antiguo, el paso siguiente que se debe dar es acudir al ayuntamiento para solicitar un cambio en la titularidad de licencia de apertura del local. Se deben presentar una serie de documentos en función de la Comunidad Autónoma:

  • Fotocopia del DNI del dueño anterior, en caso de ser una sociedad de los poderes.
  • Fotocopia de la licencia anterior.
  • DNI y una fotocopia del mismo, pero del nuevo propietario.
  • En caso de que el dueño anterior hubiese fallecido se debe llevar la escritura de partición de la herencia. Si existe un testamento o declaración notarial se debe llevar, junto a la renuncia de los herederos en favor al nuevo titular.
  • Si el titular nuevo es una sociedad se debe llevar una fotocopia de la escritura de constitución o de los poderes de quien firma.

Otro paso importante es que el nuevo propietario debe darse de alta como autónomo.

Durante un traspaso de negocios ¿hay que pagar IVA o ITP?

La respuesta es no, durante este tipo de trámites las personas implicadas no se ven sometidas a pagar impuestos como el IVA o el ITP, también conocido como impuesto sobre las trasmisiones patrimoniales.

¿Qué pasa con el IRPF?

Puesto que el traspaso implica un aumento dentro del patrimonio de quien sede el negocio, el mismo debe declarar el importe en las declaraciones anuales de renta. Estas ganancias se pueden calcular fácilmente del siguiente modo: ganancias = importe del traspaso – valor neto de los bienes y derechos que han sido entregados.

Si el propietario del inmueble recibirá alguna ganancia por el traspaso, esta debe ser incluida como un rendimiento en el capital inmobiliario, aplicando una reducción de 40% por rendimiento obtenido de manera irregular en algún momento del tiempo que fue propietario.

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