La Federación de Asociaciones de Enfermería Comunitaria y de Atención Primaria (FAECAP) ha solicitado al Ministerio de Sanidad y a las CCAA en una carta abierta que "velen por la salud" y pongan todos los instrumentos legales para asegurar un espacio sin humo ni vapor en la hostelería, así como en espacios de uso público, para evitar los contagios por Covid-19.
"Si queremos recuperar la actividad económica y social anterior a la pandemia debemos recuperar la actividad social saludable, lo que implica una hostelería libre de humos en todos sus espacios, minimizando la repercusión de dicha actividad en la propagación del coronavirus y en la salud de las personas", apuntan desde la federación, que aglutina a 14 asociaciones.
En este sentido, han recordado que comunidades como Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Comunidad Valenciana y La Rioja ya han adoptado la medida, por lo que han instado a las CCAA que aún no lo han llevado a cabo a que desarrollen "urgentemente" decretos reguladores que clarifiquen a la sociedad española la conducta a seguir a través de una rotulación obligatoria y su régimen sancionador correspondiente para que dicha ley se lleve a efecto y sensibilicen e informen de esta medida de protección de la salud de todos.
Así, han advertido de que estas medidas están respaldadas por la evidencia científica sobre transmisión del virus a través de los aerosoles respiratorios en el acto de fumar y vapear como acciones de alto riesgo de contagio porque, además de obligar a prescindir de la mascarilla, impulsan microgotas de aerosoles que pueden proyectarse y permanecer con capacidad de contagio en distancias superiores a los 8 metros. "De hecho, un estudio en jóvenes de EEUU identificó que el riesgo de contagio era entre 4 y 7 veces superior en consumidores de cigarrillos y/o cigarrillos electrónicos, lo que refleja el papel que estos productos pueden tener en la propagación del coronavirus (SARS-COV-2)", añaden.
"El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) determina como únicas situaciones incompatibles con el uso de la mascarilla aquellas actividades profesionales o de ocio que se desarrollan dentro del agua. También exime de ponerla en aquellos momentos estrictamente necesarios para comer o beber, en los lugares en los que esté autorizado, pero en ningún momento excluye del uso de la mascarilla el comportamiento de fumar o usar cigarrillos electrónicos, u otros dispositivos similares para vapear", han recordado desde FAECAP. "La ley es clara, no incluye el acto de fumar o vapear entre sus eximentes, por ello, no debemos dejar que grupos de presión interpreten a su interés esta legislación", reiteran.
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